YA NO puedes FUMAR en estos lugares; las tiendas también tienen RESTRICCIONES
Esto dice la nueva Ley de Control del Tabaco que entró en vigor ayer domingo 15 de enero, en donde se prohíbe fumar en algunos lugares públicos.
Esta nueva disposición pretende establecer el control, fomento y vigilancia sanitaria de los productos del tabaco, así como su fabricación.
Reforma a la Ley General para el Control del Tabaco
Ya no se puede fumar en:
* Centros de trabajo
* Transporte público
* Escuelas
* Sedes de espectáculos
* Hoteles
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* Estadios
* Plazas comerciales
* Playas
* Parques y lugares donde se encuentren niños y adolescentes.
* “Espacio libre de humo”
* Restaurantes, ni en las terrazas
También se establecieron prohibiciones para la promoción y publicidad de los productos de tabaco en tiendas. Asimismo, quedó prohibida la exhibición de cigarros en los puntos de venta, la ampliación de la protección frente al humo y las emisiones de cualquier producto de tabaco y nicotina.
Esta reforma también indica que los puntos de venta, como las tiendas de conveniencia, establecimientos o supermercados tienen prohibido colocar publicidad o generar difusión de los cigarrillos.
En cuanto a su comercialización, el vendedor deberá realizar una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas.
La publicidad de productos elaborados con tabaco queda prohibida en medios de comunicación como la radio y televisión, además de redes sociales, reuniones o comunicaciones personales y mensajes enviados por correo.