TOMA NOTA, ¿Cuándo podrán cobrar su aguinaldo los pensionados de IMSS e Issste?
Todos los pensionados del IMSS por cesantía o vejez podrán recibir aguinaldo, siempre y cuando se hayan jubilado bajo la Ley del Seguro Social que está vigente hasta el 30 de junio de 1997, pues esta prestación anual brinda una mensualidad de la cuantía de su pensión, sin considerar importe por asignaciones familiares ni ayudas asistenciales.
De acuerdo con la página oficial del IMSS, los pensionados de cesantía de edad avanzada o vejez bajo el amparo de la Ley del Seguro Social vigente no recibirán aguinaldo.
¿Cuándo depositarán en el Issste el aguinaldo a pensionados?
Mientras que, para los pensionados del Issste por cesantía en edad avanzada o vejez, bajo la Ley 73 del Seguro Social, vigente hasta 1997, recibirán su pensión en dos partes; la primera será depositada la primera quincena de noviembre, mientras que, el segundo pago será en los primeros días de enero de 2024.
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Cabe resaltar que, las personas jubiladas del Issste reciben 40 días de su pensión como aguinaldo.
¿Qué es el aguinaldo?
Aunado a lo anterior, el aguinaldo es una prestación laboral estipulada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, y es equivalente a 15 días de salario por lo menos.
En tanto, todos los trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado y eventuales, deben recibir este pago, pues aplica también para comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores, y otros ejemplares.
Por lo que, los que hayan laborado por lo menos un año tienen derechos al aguinaldo, parte proporcional al tiempo trabajado, independientemente de que ya no laboren en la empresa o trabajen para una compañía diferente.
Por último, tienen derecho al aguinaldo los trabajadores eventuales, pero contratados por honorarios no reciben este beneficio.
Con información de UnoTV
*ARD